Resolución Medios Magnéticos Mosquera

¿Tu empresa opera en Mosquera, Cundinamarca?

El 30 de abril de 2026 vence la obligación de reportar medios magnéticos municipales — y esta vez Mosquera no es un municipio menor.

La Resolución No. 1.600.3.3.0179 del 22 de diciembre de 2025, expedida por la Secretaría de Hacienda de Mosquera, establece que están obligados a reportar:

  • Empresas que compraron bienes o servicios en su jurisdicción
  • Agentes de retención del ICA
  • Entidades financieras (tarjetas débito y crédito, umbral: 280 UVT)
  • Empresas transportadoras
  • Empresas de servicios públicos, TV e internet
  • Cámara de Comercio de influencia en Mosquera
  • Empresas recaudadoras de estampillas municipales

La información debe remitirse exclusivamente por el portal electrónico de la Alcaldía. Errores, omisiones o presentación fuera de plazo acarrean sanciones conforme al artículo 651 del Estatuto Tributario.

Adjuntamos la resolución completa para que la revises con tu equipo.