Acuerdo 0647 de 2026

Cali modifica las tarifas de ICA para el Sector Salud y aprueba un paquete de beneficios tributarios

El Concejo Distrital de Santiago de Cali expidió el Acuerdo N.º 0647 de 2026 (sancionado el 15 de septiembre de 2026), introduciendo modificaciones directas al Impuesto de Industria y Comercio (ICA) y estableciendo importantes beneficios para el pago de los impuestos en la ciudad.

Esta norma combina una reducción permanente en las tarifas de ICA para las actividades de la salud con un esquema de alivios y descuentos en sanciones e intereses para los contribuyentes.

1. Modificación de tarifas del Impuesto de Industria y Comercio (ICA): Se reducen de forma directa las tarifas para las actividades del sector salud en el artículo 96 del Acuerdo 643 de 2026:

  • CIIU 8610 (Actividades de hospitales y clínicas, con internación): Tarifa reducida al 3 por mil.
  • CIIU 8621 (Actividades de la práctica médica, sin internación): Tarifa fijada en el 5 por mil.
  • CIIU 8691 (Actividades de apoyo diagnóstico): Tarifa fijada en el 5 por mil.
  • CIIU 8692 (Actividades de apoyo terapéutico): Tarifa fijada en el 5 por mil.
  • CIIU 8699 (Otras actividades de atención de la salud humana): Tarifa fijada en el 5 por mil.
  • CIIU 8710 (Actividades de atención residencial medicalizada de tipo general): Tarifa fijada en el 5 por mil.

2. Beneficios tributarios para el pago de impuestos y sanciones:

  • Reducción temporal de sanciones tributarias (Art. 15): Quienes tengan sanciones pendientes durante la vigencia 2026 podrán liquidarlas y pagarlas con importantes descuentos:
  • Hasta el 31 de octubre de 2026: Pagan solo el 20% de la sanción (80% de descuento).
  • Hasta el 30 de noviembre de 2026: Pagan solo el 50% de la sanción (50% de descuento).
  • Hasta el 31 de diciembre de 2026: Pagan solo el 75% de la sanción (25% de descuento).
  • Cero intereses moratorios en Impuesto Predial (Art. 11): Descuento del 100% de los intereses de mora de vigencias anteriores al pagar la totalidad del capital adeudado.
  • Descuento del 20% en ICA 2027 (Art. 18): Aplicable para un establecimiento comercial o de servicios de contribuyentes afectados por el sismo de agosto de 2026.
  • Exoneración en Impuesto Predial Unificado (Arts. 5, 6 y 8): Exoneraciones del 50% al 100% para predios colapsados, en reconstrucción o afectados por el sismo.

Ajustar las tarifas operativas de ICA y aprovechar estas ventanas de descuento facilita la puesta al día y optimiza la carga fiscal en Cali.

Adjunto la resolución completa para que la revises con tu equipo.