Resolución Medios Magnéticos Mosquera
¿Tu empresa opera en Mosquera, Cundinamarca?
El 30 de abril de 2026 vence la obligación de reportar medios magnéticos municipales — y esta vez Mosquera no es un municipio menor.
La Resolución No. 1.600.3.3.0179 del 22 de diciembre de 2025, expedida por la Secretaría de Hacienda de Mosquera, establece que están obligados a reportar:
- Empresas que compraron bienes o servicios en su jurisdicción
- Agentes de retención del ICA
- Entidades financieras (tarjetas débito y crédito, umbral: 280 UVT)
- Empresas transportadoras
- Empresas de servicios públicos, TV e internet
- Cámara de Comercio de influencia en Mosquera
- Empresas recaudadoras de estampillas municipales
La información debe remitirse exclusivamente por el portal electrónico de la Alcaldía. Errores, omisiones o presentación fuera de plazo acarrean sanciones conforme al artículo 651 del Estatuto Tributario.
Adjuntamos la resolución completa para que la revises con tu equipo.
abril 28, 2026
